De acuerdo con el artículo 5 del Reglamento de Vacaciones Anuales Remuneradas de los Trabajadores, existen dos formas de tratar las vacaciones anuales no disfrutadas por el trabajador en el año en curso.
Disfrutar de vacaciones compensatorias en el año siguiente. “Las vacaciones anuales pueden organizarse centralmente o en secciones dentro de un año y, en general, no a lo largo de los años. Si es realmente necesario que el empleador organice las vacaciones anuales de los empleados a lo largo de los años debido a las características de la producción y el trabajo, puede organizarlas a lo largo de un año”.
“Si el empleador realmente no puede organizar las vacaciones anuales del empleado debido a las necesidades del trabajo, no puede organizar las vacaciones anuales del empleado con el consentimiento del empleado. Por el número de días de vacaciones anuales que el trabajador deba tomar y no haya tomado, el empleador pagará la compensación salarial de vacaciones anuales en el 300% del ingreso del salario diario del trabajador.”